Reserva legal en procesos de Adopción de Mayor de Edad
- Diego Chimbi
- 6 ene 2021
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El expediente goza de reserva legal por el término de veinte (20) años, y solamente podrá ser visto, a solicitud, por el adoptante o adoptivo, la procuraduría general de la nación, la Fiscalía General de la Nación, y el Consejo Superior de la Judicatura a través de su Sala Jurisdiccional Disciplinaria, para efectos de investigaciones penales o disciplinarias a que hubiere lugar.
Por lo anterior es esencial que una vez se suba al sistema de revisión de procesos de la rama judicial (Siglo XXI, Sistema Unificado, o TYBA) solamente sea visible el nombre del adoptante, advertencia que no sobra señalar dentro del cuerpo de la demanda pues muchas veces el sistema es manejado por los judicantes que realizan la práctica dentro del juzgado.



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